43 constaban, entre otras: a) la cinta magnetofónica y la transcripción de la grabación telefónica de referencia; b) la copia de la carta enviada el 21 de julio de 1996 por el señor Tristán Donoso al ex Procurador; c) la solicitud del denunciante para que se tomara, entre otras, las declaraciones de las señoras Edna Ramos y Dalma de Duque, y de los señores Arzobispo José Dimas Cedeño, Adel Zayed, Licenciado Gerardo Solís; d) las declaraciones juradas de los señores Licenciado Luis Banqué, Licenciado Jorge Vélez, Licenciado Armando Abrego y Monseñor Carlos Ariz; e) la copia de la nota de 16 de julio de 1996, mediante la cual la Jefa de Prensa y Divulgación del Ministerio Público Dalma del Duque remitió al Arzobispo José Dimas Cedeño la transcripción de la grabación de la conversación telefónica; f) la nota D.D.P.–R.P.-No. 177/99, que indica que la Defensoría del Pueblo dictó la Resolución No. 545-99 de 30 de marzo de 1999, por la que se inició una investigación de oficio para determinar si la Policía Nacional intervenía conversaciones telefónicas; y g) la copia del oficio DPG-907-96 de 12 de julio de 1996, mediante el cual el ex Procurador solicitó al entonces Director de INTEL interponer sus buenos oficios para intervenir seis líneas telefónicas. 148. La Procuraduría de la Administración, por su parte, recabó los siguientes elementos probatorios: a) nota DG-01-053-99 del Director General de la Policía Técnica Judicial, Alejandro Moncada, en la cual informó que no recibió una solicitud del ex Procurador para grabar las conversaciones telefónicas del señor Tristán Donoso, ni efectuó diligencias de vigilancia en relación con las actividades privadas del denunciante, ni poseía documentación o información relacionada con las grabaciones objeto de la investigación127; b) nota de la empresa telefónica Cable & Wireless Panamá (antes INTEL), la cual afirmó que, después de haber revisado exhaustivamente los archivos de la empresa, no encontró ningún oficio referente a la intervención telefónica referida128; c) declaraciones de Carlos María Ariz, Gerardo Solís, Dalma de Duque, Edna Ramos, Luis Banqué, Jorge Luis Vélez, Armando Abrego, Adel Zayed y del ex Procurador129; d) también a solicitud del denunciante, la declaración jurada de la Inspectora Hurtado rendida ante la Fiscalía Cuarta del Circuito Penal de Panamá en el marco de la Querella de Calumnia presentada por el ex Procurador contra el señor Tristán Donoso130; e) oficio No. 2414 de 10 de julio de 127 Cfr. Nota DG-01-053-99 de 12 de abril de 1999 del Director General de la Policía Técnica Judicial Alejandro Moncada (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folios 3236 y 3237). 128 Cfr. Nota de 14 de abril de 1999 de la empresa telefónica Cable & Wireless Panamá (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folio 3261). 129 Cfr. Contestación del Obispo Carlos María Ariz al cuestionario enviado por la Procuraduría de la Administración, supra nota 29, folio 2531; Oficio 1041-FE-99 de 13 de abril de 1999 suscrito por Gerardo Solís Díaz, supra nota 34, folio 1547; Declaración jurada de Dalma de Duque de 14 de mayo de 1999 ante la Procuraduría de la Administración (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folio 3315); Declaración jurada de Edna Ramos de 14 de abril de 1999, supra nota 34, folio 1557; Declaración jurada de Luis Alberto Banqué Morelos de 13 de abril de 1999, supra nota 34, folio 3241; Declaración jurada de Jorge de Jesús Vélez Valdés de 14 de abril de 1999, supra nota 34, folio 1550; Declaración jurada de Armando Abrego de 15 de abril de 1999, supra nota 34, folio 1554; Declaración jurada de Adel Zayed de 5 de mayo de 1999, supra nota 56, folios 1446 y 1447; Oficio PGNSG-047-99 de 24 de mayo de 1999 suscrito por el ex Procurador en respuesta al cuestionario enviado por la Procuraduría de la Administración, supra nota 21, folio 3336, y Vista Fiscal No. 472 de 22 de septiembre de 1999 de la Procuraduría de la Administración, supra nota 43, folios 1688 y 1689. 130 Cfr. Oficio No. 2375 de 20 de mayo de 1999 del Fiscal Cuarto del Primer Circuito Judicial y su anexo, mediante los cuales remite la ampliación de declaración jurada rendida por al Inspectora Darelvia Hurtado el 29 de abril de 1999 (Expediente de anexos a la contestación de la demanda, Tomo IV, Anexo B-1, folios 3318 a 3332).

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