pronunciamiento de fondo en el proceso de la referencia, eliminaran del micrositio que administran, respectivamente, dentro del portal web de la Rama Judicial, los documentos que se encuentran publicados relacionados con los procesos aludidos, y (ii) al CENDOJ que garantizara el acompañamiento, asesoría y apoyo técnico que fueran necesarios para lograr el cabal cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas. xi. Respuesta de las autoridades a las medidas provisionales ordenadas en el Auto 652 de 2022 51. El 12 de mayo de 2022 el despacho de la magistrada sustanciadora recibió un correo electrónico remitido por el secretario del Juzgado 2. En este, el funcionario informó que, en cumplimiento del Auto 652 de 2022, «[…] se procedió a realizar una búsqueda minuciosa a través del sistema de registro de actuaciones Siglo XXI, del proceso mencionado sin que se encontrara[n] resultados, por no haber sido remitido en ninguna oportunidad por el juzgado de conocimiento a esta instancia». 52. Además, el funcionario sostuvo que «[d]e la búsqueda mencionada sólo se obtuvo como resultado la acción de tutela de Sofía contra el Juzgado 1, con radicado No. expediente, la cual le correspondió su conocimiento y decisión al H. M. Proferido el auto admisorio y elaboradas las comunicaciones se procedió a realizar el aviso y su posterior publicación el micrositio que esta secretaría tiene en el Portal Web de la Rama Judicial, el día 6 de julio de 2021. Los hechos de la tutela tienen relación directa con el expediente de C.E.C.M.C. de Pedro contra Sofía, por lo que en acatamiento a lo ordenado por la H. Corte Constitucional en auto 652 de 2022, se procedió a eliminar el mencionado aviso que fue publicado en el micrositio». 53. Por otra parte, el 13 de mayo de 2022 el despacho de la magistrada sustanciadora recibió un correo electrónico remitido por la secretaria del Juzgado 1. En esa oportunidad, la funcionaria informó «[…] el cumplimiento a lo ordenado en el asunto en referencia, en cuanto a eliminar el vínculo que corresponde a los documentos publicados en el micrositio de “traslados especiales y ordinarios” dispuesto para el Juzgado 1, proceso No. expediente, el cual fue anunciado el 8 de febrero de 2021». A su vez adjuntó una solicitud que realizó al CENDOJ con el fin de que este verificara la eliminación correcta de los documentos, de conformidad con la orden dispuesta en el Auto 652 del 6 de mayo de 2022. 54. Además, mediante correo electrónico remitido a la Corte el 7 de junio de 2022, el CENDOJ informó que «[…] a través de la División de Sistemas de Información y Comunicaciones – Soporte página web, se realizó capacitación virtual (Teams) a los despachos judiciales: Juzgado 1 y Juzgado 2 el día 16 de mayo de 2022, hora: 2:30 p. m, a los usuarios administradores de contenidos, así como el acompañamiento, asesoramiento y garantizando el correcto procedimiento para la eliminación de los documentos que sobre ese proceso 27

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