AMPARO EN REVISIÓN 136/2021 QUEJOSA Y RECURRENTE: ********** RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN VISTO BUENO SR. MINISTRO PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA COTEJÓ SECRETARIO: DAVID GARCÍA SARUBBI COLABORÓ: PAOLA GUITÉRREZ BALDERAS Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al cinco de octubre de dos mil veintidós emite la siguiente: SENTENCIA Mediante la cual se resuelve el amparo en revisión 136/2021, interpuesto por **********en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo registrado con el número **********por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México. El problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en evaluar la validez constitucional del artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual establece que “[l]as personas que presten servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión, sin contar con concesión o autorización, o que por cualquier otro medio invadan u obstruyan las vías generales de comunicación, perderán en

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