Título III Consejo nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas
financiamiento
externo,
de
cooperación
económica
y
financiera
internacional, estará a cargo del Ministerio de Planificación del Desarrollo, conforme
a normativa vigente;
h) Transferir en forma excepcional los bienes confiscados registrados a
nombre del CONALTID o aquellos cuya sentencia judicial hubiese determinado su
pérdida de Dominio a favor del Estado;
i) Emitir resoluciones, en el marco de sus atribuciones.
III. Los miembros del CONALTID deberán participar y votar en las reuniones
plenarias, que se celebrarán por lo menos una vez al año en forma ordinaria y
extraordinaria cuando fuesen convocadas; y, podrán proponer o requerir las
explicaciones que fueran útiles para la mejor apreciación de las materias
sometidas a su consideración.
El CONALTID aprobará los reglamentos que normen el funcionamiento y la
votación de las reuniones plenarias.
IV. Los miembros del CONALTID podrán constituir Comisiones Especiales bajo la
coordinación de la Secretaría Técnica y de la Secretaría de Coordinación.
Artículo 105°.- (Ministerio de Gobierno) El Ministro de Gobierno, en
representación del CONALTID, ejercerá las siguientes funciones:
a) Promoverá, participará, coordinará, negociará la suscripción y suscribirá
acuerdos y convenios de carácter intergubernativo e interinstitucional, públicos
y/o privados, en el marco de la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias
controladas;
b) Promoverá y apoyará en la gestión de acuerdos y convenios de financiamiento
externo, de cooperación económica y financiera internacional para la lucha
contra el tráfico ilícito de sustancias controladas, mismos que serán negociados y
suscritos por el Ministerio de Planificación del Desarrollo, previa rúbrica del
Ministerio de Gobierno;
c) Suscribirá los acuerdos y convenios internacionales de carácter técnico relativos
al tráfico ilícito de sustancias controladas que se sujetarán al ordenamiento
jurídico vigente.
Artículo 106°.- (Funciones de la secretaría de Coordinación del CONALTID)
I. Las funciones de la Secretaría de Coordinación son las siguientes:
a) Proponer al CONALTID la ejecución de planes, programas, proyectos y
acciones en materia de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias
controladas, emergentes del financiamiento de la cooperación internacional;
b) Coordinar y ejecutar los planes, programas y proyectos, emergentes del
financiamiento de la cooperación internacional, en materia de lucha contra
el tráfico ilícito de sustancias controladas, destinados a entidades del sector
público relacionadas con la misma;
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