Bolivia: Decreto Supremo Nº 3434, 13 de diciembre de 2017 l) Elevar informes anuales respecto al cumplimiento de la Política en Prevención Integral, Tratamiento, Rehabilitación y Reintegración de Personas con Adicciones y su Entorno, al CONALTID. Artículo 67°.- (Atribuciones de las entidades, en el marco de la Red) I. De manera indefectible y obligatoria, toda atribución será ejercida bajo los parámetros establecidos por la Red de Prevención Integral, Tratamiento, Rehabilitación y Reintegración de Personas con Adicciones y su Entorno, en coordinación con el Ministerio de Salud. II. Las atribuciones del Ministerio de Salud, como Institución responsable de la Red, son: a) Ejecutar, coordinar y dirigir el accionar de la Red de Prevención Integral, Tratamiento, Rehabilitación y Reintegración de Personas con Adicciones y su Entorno; b) Coordinar, dirigir, articular y ejecutar los planes, programas y proyectos públicos, en el marco de los estándares internacionales con evidencia científica; c) Coordinar, coadyuvar y articular los planes, programas y proyectos de iniciativa privada en el marco de los estándares internacionales con evidencia científica; d) Formular ante la Red de Prevención Integral, Tratamiento, Rehabilitación y Reintegración de Personas con Adicciones y su Entorno, políticas, planes, programas y proyectos en reducción de la demanda de drogas, para su consideración; e) Gestionar la conformación de comités locales de prevención, tratamiento, rehabilitación y reintegración de personas con adicciones, con participación de las entidades territoriales autónomas que correspondan, instituciones de la sociedad civil organizada, universidades y/o otras; f) Elaborar normas y reglamentos para la acreditación de servicios para personas con hábitos disfuncionales, adictivos o drogodependientes, previa adecuación a los Manuales, Protocolos y Guías de prevención integral, tratamiento, rehabilitación y reintegración establecidos; g) Brindar asistencia y apoyo técnico a los programas y proyectos formulados por las entidades autónomas territoriales, así como a las instituciones públicas y privadas según corresponda; h) Gestionar y supervisar la implementación gradual de Centros Especializados diferenciados por tipo de problemática y población meta, para personas con comportamientos adictivos y drogodependientes, priorizando poblaciones vulnerables, por parte de las entidades territoriales autónomas; i) Determinar los estándares de intervenciones breves, tamizaje, evaluación, BO-DS-N3434 25

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