Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda
digna y decorosa. La Ley establecerá los
instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal
objetivo.
Párrafo adicionado DOF 07-02-1983
Toda persona tiene derecho a la identidad y a ser
registrado de manera inmediata a su nacimiento. El
Estado garantizará el cumplimiento de estos
derechos. La autoridad competente expedirá
gratuitamente la primera copia certificada del acta de
registro de nacimiento.
Párrafo adicionado DOF 17-06-2014
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se
velará y cumplirá con el principio del interés superior
de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la
satisfacción de sus necesidades de alimentación,
salud, educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral. Este principio deberá guiar el
diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las
políticas públicas dirigidas a la niñez.
Párrafo adicionado DOF 18-03-1980. Reformado DOF 0704-2000, 12-10-2011
Los ascendientes, tutores y custodios tienen la
obligación de preservar y exigir el cumplimiento de
estos derechos y principios.
Párrafo adicionado DOF 07-04-2000. Reformado DOF 1210-2011