Aislamiento de Öcalan | Consejo asesor de contenido 31/7/24, 12:48 clara la intención de su publicación ante Facebook. Para ello, se debe implementar la recomendación actual del Consejo de divulgar públicamente la lista de personas y organizaciones designadas de la empresa (consulta el caso 2020-005-FB-UA). Asimismo, Facebook debería brindar ejemplos ilustrativos que demuestren la línea que divide el contenido prohibido del admitido, incluido en relación con la aplicación de la regla que aclara lo que se excluye del término "apoyo". 7. Garantice la participación de partes interesadas importantes en los cambios propuestos para la política por medio del Foro de políticas de productos de Facebook, incluido a través de una solicitud pública de opiniones. Facebook debería propiciar esta participación en varios idiomas y en diversas regiones, para garantizar que se forje un diálogo efectivo con las personas más afectadas por los daños que esta política intenta prevenir. También se debería incluir a organizaciones de derechos humanos, sociedad civil y académicos con conocimiento especializado en dichos daños, así como en los daños que pueden surgir al excederse en la aplicación de la política actual. 8. Se asegure de que los moderadores reciban capacitación y asesoramiento interno respecto de cualquier política nueva. Los moderadores de contenido deberían recibir los recursos adecuados para poder entender la nueva política y contar con el tiempo suficiente para tomar decisiones al aplicar dicha política. Debido proceso Para reforzar el debido proceso de usuarios cuyo contenido se elimina, es necesario que Facebook: 9. Garantice que los usuarios reciban una notificación cuando se elimine su contenido. La notificación debería indicar si la eliminación se debe a una solicitud gubernamental o a una infracción de las Normas comunitarias, o bien al reclamo de un Gobierno que manifiesta que se https://www.oversightboard.com/decision/ig-i9dp23ib/?lang=es Página 26 de 28

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