La Constitución de Honduras - Español ARTICULO 351.- El sistema tributario se regirA por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad economica del contribuyente. CAPITULO IV DE LA HACIENDA PUBLICA ARTICULO 352.- Forman la Hacienda Publica: 1. Todos los bienes muebles e inmuebles del Estado; 2. Todos sus creditos activos; y, 3. Sus disponibilidades liquidas. ARTICULO 353.- Son obligaciones financieras del Estado: 1. Las deudas legalmente contraidas para gastos corrientes o de inversion, originadas en la ejecucion del Presupuesto General de Ingresos y Egresos; y, 2. Las demAs deudas legalmente reconocidas por el Estado. ARTICULO 354.- Los bienes fiscales o patrimoniales solamente podrAn ser adjudicados o enajenados a las personas y en la forma y condiciones que determinen las leyes. El Estado se reserva la potestad de establecer o modificar la demarcacion de las zonas de control y proteccion de los recursos naturales en el territorio nacional. ARTICULO 355.- La administracion de los fondos publicos corresponde al Poder Ejecutivo. Para la percepcion custodia y erogacion de dichos fondos, habrA un servicio general de tesoreria. El Poder Ejecutivo, sin embargo, podrA delegar en el Banco Central, las funciones de recaudador y depositario. Tambien la ley podrA establecer servicios de pagadurias especiales. ARTICULO 356.- El Estado solamente garantiza el pago de la deuda publica, que contraigan los gobiernos constitucionales, de acuerdo con esta Constitucion y las leyes. Cualquier norma o acto que contravenga lo dispuesto en este articulo, harA incurrir a los infractores en responsabilidad civil, penal y administrativa, que serA imprescriptible. ARTICULO 357.- Las autorizaciones de endeudamiento externo e interno del gobierno central, organismos descentralizados y gobiernos municipales, que incluyan garantias y avales del Estado, serAn reguladas por la ley. ARTICULO 358.- Los gobiernos locales podrAn realizar operaciones de credito interno bajo su exclusiva responsabilidad, pero requerirAn las autorizaciones senaladas por leyes especiales. ARTICULO 359.- La tributacion, el gasto y el endeudamiento publicos, deben guardar proporcion con el producto interno bruto, de acuerdo con la ley. ARTICULO 360.- Los contratos que el Estado celebre para la ejecucion de obras publicas, adquisicion de suministros y servicios, de compra-venta o arrendamiento de bienes, deberAn ejecutarse previa licitacion, concurso o subasta, de conformidad con la ley. http://www.honduras.com/honduras-constitution.html[10/13/2011 5:28:51 PM]

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