GACETA OFICIAL Nº 113
Pág. 57
Sección Registro Oficial - Asunción, 11 de junio de 2024
"Sesquicentenario de la Epopeya Nacional: 1864 - 1870"
Pág. N" 39/64
PODER LEGISLATIVO
LEY N° 7280
2 . Direcciones Generales.
3 . Direcciones .
CAPÍTULO 1
DEL COMANDO
Artículo 206.- El Comando es el máximo organismo de las Fuerzas Policiales,
responsable de la dirección, planeamiento, coordinación, control, administración y empleo
de los recursos presupuestarios, humanos y bienes asignados a la Pollcla Nacional; se
ejerce a través del Comandante y el Subcomandante de la Po licia Nacional.
Articulo 207.- El Comandante de la Policía Nacional es nombrado por Decreto del
Poder Ejecutivo y lo ejerce con el grado de Comisario General Comandante. Es la
autoridad máxima de la institución con competencia en todo el territorio nacional y será
conferido con carácter exclusivo a quien ejerza el cargo de Comandante de la Policia
Nacional.
Articulo 208.- El Comandante de la Policía Nacional ajustará su actuar conforme a
la Constitución , las leyes vigentes y la Política de Seguridad Interna establecida por el
Poder Ejecutivo.
Artículo 209.- Son requisitos para ser Comandante de la Policía Nacional;
1. Ser de nacionalidad paraguaya.
2. Egresado de la Academia Nacional de Policía en la especialidad de
Prevención y Seguridad , Investigación o Inteligencia.
3. Egresado de la Escuela de Estrategia Policial, con el Título de Maglster en
Ciencias Policiales.
4. Ser Comisario General Director en actividad.
Artículo 210.- Las Funciones del Comandante de la Policla Nacional serán :
1. Representar y administrar la institución.
2. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y los reglamentos que se
relacionan con la función policial.
3. Crear o suprimir dependencias de conformidad a las necesidades del servicio
y establecer sus funciones.
4. Expedir permiso de portación de armas de uso civil conforme a las
disposiciones legales.
5. Dictar resoluciones, reglamentos y edictos relacionados a la competencia
institucional, de acuerdo con las leyes vigentes.
6. Proponer los nombramientos y ascensos del personal de acuerdo con las
disposiciones constitucionales y
legales, así como los procedimientos
reglamentados en la Institución policial.
7. P resentar anualmente el proyecto del presupuesto y la memoria de la
institución.
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents