GACETA OFICIAL Nº 113 Pág. 57 Sección Registro Oficial - Asunción, 11 de junio de 2024 "Sesquicentenario de la Epopeya Nacional: 1864 - 1870" Pág. N" 39/64 PODER LEGISLATIVO LEY N° 7280 2 . Direcciones Generales. 3 . Direcciones . CAPÍTULO 1 DEL COMANDO Artículo 206.- El Comando es el máximo organismo de las Fuerzas Policiales, responsable de la dirección, planeamiento, coordinación, control, administración y empleo de los recursos presupuestarios, humanos y bienes asignados a la Pollcla Nacional; se ejerce a través del Comandante y el Subcomandante de la Po licia Nacional. Articulo 207.- El Comandante de la Policía Nacional es nombrado por Decreto del Poder Ejecutivo y lo ejerce con el grado de Comisario General Comandante. Es la autoridad máxima de la institución con competencia en todo el territorio nacional y será conferido con carácter exclusivo a quien ejerza el cargo de Comandante de la Policia Nacional. Articulo 208.- El Comandante de la Policía Nacional ajustará su actuar conforme a la Constitución , las leyes vigentes y la Política de Seguridad Interna establecida por el Poder Ejecutivo. Artículo 209.- Son requisitos para ser Comandante de la Policía Nacional; 1. Ser de nacionalidad paraguaya. 2. Egresado de la Academia Nacional de Policía en la especialidad de Prevención y Seguridad , Investigación o Inteligencia. 3. Egresado de la Escuela de Estrategia Policial, con el Título de Maglster en Ciencias Policiales. 4. Ser Comisario General Director en actividad. Artículo 210.- Las Funciones del Comandante de la Policla Nacional serán : 1. Representar y administrar la institución. 2. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y los reglamentos que se relacionan con la función policial. 3. Crear o suprimir dependencias de conformidad a las necesidades del servicio y establecer sus funciones. 4. Expedir permiso de portación de armas de uso civil conforme a las disposiciones legales. 5. Dictar resoluciones, reglamentos y edictos relacionados a la competencia institucional, de acuerdo con las leyes vigentes. 6. Proponer los nombramientos y ascensos del personal de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales, así como los procedimientos reglamentados en la Institución policial. 7. P resentar anualmente el proyecto del presupuesto y la memoria de la institución.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents