Segunda.- Pago y reajuste de pensiones que administra el Estado
El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo
a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía
nacional.
Tercera.- No son acumulables servicios prestados a la actividad pública y privada
En tanto subsistan regímenes diferenciados de trabajo entre la actividad privada y la pública, en ningún
caso y por ningún concepto pueden acumularse servicios prestados bajo ambos regímenes. Es nulo todo
acto o resolución en contrario.
Cuarta.- Interpretación de los derechos fundamentales
Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de
conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos
internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.
Quinta.- Elecciones municipales
Las elecciones municipales se alternan con las generales de modo que aquéllas se realizan a mitad del
período presidencial, conforme a ley. Para el efecto, el mandato de los alcaldes y regidores que sean
elegidos en las dos próximas elecciones municipales durará tres y cuatro años respectivamente.
Sexta.- Términos del mandato de alcaldes y regidores elegidos en 1993
Los alcaldes y regidores elegidos en el proceso electoral de 1993 y sus elecciones complementarias
concluyen su mandato el 31 de diciembre de 1995.
Sétima.- Elecciones por Distrito Único
El primer proceso de elecciones generales que se realice a partir de la vigencia de la presente Constitución,
en tanto se desarrolla el proceso de descentralización, se efectúa por distrito único.
Octava.- Leyes de Desarrollo Constitucional
Las disposiciones de la Constitución que lo requieran son materia de leyes de desarrollo constitucional.
Tienen prioridad:
1.
Las normas de descentralización y, entre ellas, las que permitan tener nuevas autoridades elegidas a
más tardar en 1995. Y
2.
Las relativas a los mecanismos y al proceso para eliminar progresivamente los monopolios legales
otorgados en las concesiones y licencias de servicios públicos.
Novena.- Renovación de miembros del Jurado Nacional de Elecciones
La renovación de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, instalado conforme a esta
Constitución, se inicia con los elegidos por el Colegio de Abogados de Lima y por las Facultades de
Derecho de las universidades públicas.
Concordancia: LOJNE art. 21.
Décima.- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
La ley establece el modo como las oficinas, los funcionarios y servidores del Registro Civil de los
gobiernos locales y los del Registro Electoral se integran al Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil.
Undécima.- Aplicación progresiva de Disposiciones de la Constitución
Las disposiciones de la Constitución que exijan nuevos o mayores gastos públicos se aplican
progresivamente.
Duodécima.- Organización Política Departamental
La organización política departamental de la República comprende los departamentos siguientes:
Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica,
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