5) Ordene, ejecute o consienta la expatriación de un hondureño. ARTICULO 334. Con las penas previstas en el Artículo anterior serán sancionados los funcionarios o empleados públicos que realicen cualquiera de los hechos siguientes: 1) Retengan, oculten, destruyan o violen la correspondencia postal, telegráfica, facsimilar o de cualquier otra clase; 2) Restrinjan ilegalmente la libertad de locomoción de una persona dentro del territorio nacional; 3) Obliguen a una persona a cambiar de domicilio, salvo sentencia de juez competente; 4) Obliguen a un particular a prestar sus servicios personales sin una retribución legal, salvo sentencia judicial; 5) Obliguen a una persona a formar parte de una asociación dedicada a la ejecución de actos ilícitos. 6) Impidan o suspendan una reunión legalmente autorizada; 7) Impidan o estorben la libre circulación de un impreso cuyos autores o editores hayan cumplido los requisitos legales para su publicación y venta; 8) Priven a una persona de sus libros y publicaciones de carácter científico, filosófico, político o artístico o de cualesquiera otros impresos con la intención de restringir o impedir la libre circulación de las ideas; y, 9) Imponer a los presos o sentenciados sanciones, privaciones o regulaciones no previstas o autorizadas en las leyes o que excedan de las mismas. CAPITULO V TERRORISMO ARTICULO 335. Cometen el delito de terrorismo quienes con fines políticos atentan contra la seguridad del Estado ejecutando cualquiera de los siguientes hechos: 1) Formando parte de la tripulación de una aeronave civil o militar, nacional o extranjera, que se halle sobrevolando el territorio hondureño o cuyo destino sea un aeropuerto de la República, o que se encuentre en alguno de éstos, se sublevan contra el comandante o capitán de la misma, tomando su control o se apoderan de su cargamento; 2) Asalten y se apoderen de una aeronave civil o militar, nacional o extranjera, desviándola de su destino, llevándosela del sitio en que se encuentra o reteniéndola contra los deseos de su propietario, comandante o capitán u obligando a cualquiera de éstos a ejecutar actos contra su voluntad; 3) Fabriquen, posean, comercialicen o transporten sin, la debida autorización legal, armas de fuego, explosivos, detonantes, productos inflamables y equipos de

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