5) Ordene, ejecute o consienta la expatriación de un hondureño.
ARTICULO 334. Con las penas previstas en el Artículo anterior serán sancionados los
funcionarios o empleados públicos que realicen cualquiera de los hechos siguientes:
1) Retengan, oculten, destruyan o violen la correspondencia postal, telegráfica, facsimilar
o de cualquier otra clase;
2) Restrinjan ilegalmente la libertad de locomoción de una persona dentro del territorio
nacional;
3) Obliguen a una persona a cambiar de domicilio, salvo sentencia de juez competente;
4) Obliguen a un particular a prestar sus servicios personales sin una retribución legal,
salvo sentencia judicial;
5) Obliguen a una persona a formar parte de una asociación dedicada a la ejecución de
actos ilícitos.
6) Impidan o suspendan una reunión legalmente autorizada;
7) Impidan o estorben la libre circulación de un impreso cuyos autores o editores hayan
cumplido los requisitos legales para su publicación y venta;
8) Priven a una persona de sus libros y publicaciones de carácter científico, filosófico,
político o artístico o de cualesquiera otros impresos con la intención de restringir o
impedir la libre circulación de las ideas; y,
9) Imponer a los presos o sentenciados sanciones, privaciones o regulaciones no
previstas o autorizadas en las leyes o que excedan de las mismas.
CAPITULO V
TERRORISMO
ARTICULO 335. Cometen el delito de terrorismo quienes con fines políticos atentan
contra la seguridad del Estado ejecutando cualquiera de los siguientes hechos:
1) Formando parte de la tripulación de una aeronave civil o militar, nacional o extranjera,
que se halle sobrevolando el territorio hondureño o cuyo destino sea un aeropuerto de la
República, o que se encuentre en alguno de éstos, se sublevan contra el comandante o
capitán de la misma, tomando su control o se apoderan de su cargamento;
2) Asalten y se apoderen de una aeronave civil o militar, nacional o extranjera,
desviándola de su destino, llevándosela del sitio en que se encuentra o reteniéndola
contra los deseos de su propietario, comandante o capitán u obligando a cualquiera de
éstos a ejecutar actos contra su voluntad;
3) Fabriquen, posean, comercialicen o transporten sin, la debida autorización legal,
armas de fuego, explosivos, detonantes, productos inflamables y equipos de
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