apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago";
. Artículo 17 inciso primero;
. Artículo 20 inciso tercero, en la frase "Los integrantes del Consejo estarán obligados a presentar una declaración de intereses
y patrimonio, en conformidad a lo dispuesto por la ley N° 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los
conqictos de intereses";
. Artículo 46 inciso primero, en la frase "Procedimiento de reclamación judicial. Las personas que estimen que un acto
administrativo que paraliza el procedimiento, o una resolución bnal o de término emanado de la Agencia, sea ilegal y les cause
perjuicio, podrán deducir un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago o la del lugar donde se encuentre
domiciliado el reclamante, a elección de este último" y en su letra h), en la frase "Contra la resolución de la Corte de Apelaciones
se podrá recurrir ante la Corte Suprema";
. Artículo 53 inciso primero, en la frase "Regímenes especiales. El Senado y la Cámara de Diputados, el Poder Judicial, la
Contraloría General de la República, el Banco Central, el Ministerio Público, el Servicio Electoral y el Consejo Nacional de
Televisión deberán adoptar las medidas de seguridad de sus redes y sistemas informáticos que sean pertinentes"; e inciso
segundo, en la frase "sin perjuicio de que deberán convenir mecanismos de reporte de incidentes de ciberseguridad y de
coordinación y cooperación para la respuesta a incidentes de ciberseguridad";
. Artículo 54.
II. Que el Inciso Tercero del Artículo 53 es contrario a la Constitución Política de la República, por lo que debe eliminarse del
texto del Proyecto de Ley sometido a Control Preventivo de Constitucionalidad.
III. Que no se emite Pronunciamiento, en Examen Preventivo de Constitucionalidad, de las restantes disposiciones del Proyecto
de Ley por no versar sobre materias que inciden en Ley Orgánica Constitucional.
Santiago, 20 de marzo de 2024.- María Angélica Barriga Meza, Secretaria Tribunal Constitucional.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 30 del 06 de 2024 a las 21 horas con 34 minutos.