La Corte Constitucional de Colombia sostuvo que la publicación en línea de un expediente judicial relativo a un divorcio, que incluía archivos con información sobre la vida familiar de la peticionaria, violaba su derecho a la intimidad. La peticionaria era la parte demandada en un proceso de divorcio ante un tribunal civil. Debido a la pandemia de Covid-19, el gobierno estableció que toda notificación judicial debía realizarse en línea. El tribunal civil, alegando el cumplimiento de esta orden, publicó los expedientes judiciales del divorcio en su página web. A pesar de que la peticionaria solicitó, a través de una acción de tutela (amparo), que no se pudiera acceder a los expedientes a través de una búsqueda en Google, los documentos permanecieron en línea y a disposición del público. La Corte Constitucional, al conocer el caso en apelación, aclaró que las regulaciones en torno al Covid-19 no obligaban a los tribunales a publicar todos los expedientes judiciales, sino solo a realizar las notificaciones de manera virtual. También sostuvo que la información privada, como la de la demandante, estaba exenta de publicación. Así, dictaminó que la publicación del expediente judicial violaba el derecho a la privacidad. La Corte ordenó que los expedientes fueran retirados de internet y solicitó a la Rama Judicial que capacitara a sus trabajadoras/es encargadas/os de publicar contenidos en sus sitios web.