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SU355-22 Corte Constitucional de Colombia
[240]
diciones técnicas necesarias para generar, archivar y comunicar mensajes de datos
.
Además, según la (http://www.histats.com/viewstats/?sid=1206326&ccid=605)
misma norma, «[e]l Plan de Justicia Digital estará integrado por todos los
procesos y herramientas de gestión de la actividad jurisdiccional por medio de las tecnolo‐
gías de la información y las comunicaciones, que permitan formar y gestionar expedientes
[241]
digitales y el litigio en línea»
.
192.
Mediante el Acuerdo No. PSAA12-9269 de 2012, la Sala Administrativa del Consejo
[242]
Superior de la Judicatura adoptó el Plan Estratégico Tecnológico de la Rama Judicial
.
El primer eje estratégico de ese plan fue la creación de «[…] un modelo de expediente elec‐
trónico inteligente, mediante el que desaparecerá el uso del papel [que] constituirá a su vez
una herramienta tecnológica de diálogo seguro y eficaz entre los diferentes actores en el
proceso».
193. Sin embargo, para 2020 en que a raíz del Covid-19 se hizo necesario hacer uso de los
medios digitales para la administración de justicia, el expediente electrónico aún no se había
implementado. Como lo describió la exposición de motivos del proyecto de ley 325 de 2022
«[t]ras la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por el Go‐
bierno Nacional, los despachos judiciales se vieron en la obligación de suspender su funcio‐
namiento, y, en consecuencia, el Consejo Superior de la Judicatura decretó la suspensión de
términos, lo que generó una parálisis en la prestación del servicio. Este contexto excepcional
nos obligó a adoptar medidas urgentes que permitieran conjurar la situación, y en este sen‐
tido desnudó la necesidad de hacer uso de las tecnologías de la información y de las comuni‐
caciones en los sistemas judiciales, […] con el objetivo de reactivar la prestación del servi‐
cio. El proceso de modernización del sector justicia parecía ser una utopía lejana; sin em‐
bargo, la crisis generada por la pandemia obligó a servidores judiciales y a abogados litigan‐
tes a emprender una digitalización a marchas forzadas, demostrándonos que […] este resulta
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una prioridad nacional»
.
194. Por lo tanto, para la Sala el caso que se estudia permite advertir sobre la necesidad de
que el Consejo Superior de la Judicatura implemente el expediente electrónico, que es la pla‐
taforma técnica apropiada para que se surtan los trámites judiciales haciendo uso de las tec‐
nologías de la información y las comunicaciones.
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/SU355-22.htm
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