siguientes:
Derecho a la libertad de expresión: Artículo 19 del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
(ICCPR); observación general n.º 34, Comité de
Derechos Humanos (2011) (observación general
n.º 34); informes del Relator Especial de la ONU
sobre la libertad de opinión y expresión:
A/HRC/38/35 (2018), A/73/348 (2018) y
A/HRC/44/49 (2020)
Derecho a la salud: Artículo 12 del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(ICESCR); observación general n.º 14, Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
E/C.12/2000/4 (2000)
Derecho a una reparación eficaz: Artículo 2 del
ICCPR; observación general n.º 31, Comité de
Derechos Humanos, CCPR/C/21/Rev. 1/Anexo 13
(2004)
Derecho a la privacidad: Artículo 17 del ICCPR
Derecho a la no discriminación: Artículo 2, párrafo 1,
del ICCPR; Artículo 1 de la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (CEDAW).
Derechos del niño: Artículo 6 de la Convención sobre
los Derechos del Niño (CRC); observación general
n.º 13, Comité de los Derechos del Niño,
CRC/C/GC/13 (2011)
5. Declaración del usuario