d. Otras Entidades o Instituciones sometidas a la Ley de Acceso a la Información
Pública: Toda entidad mixta o privada que sea concesionaria de servicios públicos; y las
personas de derecho público o privado, cuando en el ejercicio de sus actividades actúen
en apoyo de las entidades antes citadas o reciban recursos provenientes del
Presupuesto General de la República sujetos a la rendición de cuentas.
e. Documento: Medio o instrumento de cualquier naturaleza, incluyendo electrónica,
destinado a registrar o almacenar información, para su peremnización y representación.
f. Archivo: Conjunto organizado de documentos derivados y relacionados a las
gestiones administrativas de las entidades u organizaciones, cualquiera que sea el
soporte en que estén almacenados, incluyendo documentos electrónicos, y con
independencia del método que sea necesario emplear para obtener su recuperación.
g. Libros: Medio impreso utilizado para registrar de manera sistemática una parte
específica de las actividades o datos administrativos o financieros de la entidad que lo
utiliza.
h. Base de datos: Conjunto organizado de datos, con una caracterización común,
instrumentados en soporte electrónico.
i. Registro: Inclusión de datos en un documento, o de documentos en un archivo.
j. Expediente Administrativo: Es el conjunto de documentos debidamente identificados
y foliados, o registrados de cualquier naturaleza, con inclusión de los informes y
resoluciones en que se materializa el procedimiento administrativo de manera
cronológica.
l. Información Pública Reservada: La información pública que se encuentra
temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en la Ley.
k. Información Pública: La información que produce, obtiene, clasifica y almacena la
administración pública en el ejercicio de sus atribuciones y funciones, así como aquella
que esté en posesión de entidades privadas en lo que se refiere a los recursos públicos,
beneficios fiscales u otros beneficios, concesiones o ventajas.
m. Información Privada: La compuesta por datos personales referidos a la vida privada
o de la familia, tales como salud, raza, preferencia política o religiosa, situación
económica, social o familiar o a su honra y reputación; así como todos aquellos datos
personales que están tutelados y protegidos por la Constitución Política y la Ley.
n. Oficina de Acceso a la Información Pública: Dependencia subordinada
directamente a la máxima autoridad de cada entidad pública a la que le han sido
asignadas las funciones inherentes a la aplicación de la presente Ley dentro del
organismo a que pertenece, particularmente en lo relativo a posibilitar el acceso a la
información a que se alude en la presente Ley.
o. Servidor Público: las personas naturales a quienes por elección o nombramiento se
les ha encomendado que realicen, cualquier actividad en nombre o al servicio de alguna
entidad pública, cualquiera que sea su nivel jerárquico.
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