101 1. Cuando no comparezcan testigos, peritos o intérpretes, cuya intervención sea indispensable, siempre que no pueda continuarse con la recepción de otras pruebas hasta que el ausente comparezca o sea conducido por la fuerza pública, y, 2. Cuando el juez, miembro del jurado, el acusado, su defensor, el representante del Ministerio Público o el acusador particular se enfermen a tal extremo que no puedan continuar interviniendo en el Juicio. Art. 289 Decisión sobre la suspensión. El juez decidirá la suspensión y anunciará el día y hora en que continuará el Juicio. Dispondrá los recesos que considere necesarios. Ello valdrá como citación para todos los miembros del jurado y las partes. Art. 290 Interrupción. Si el Juicio no se reanuda a más tardar diez días después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser iniciado de nuevo, so pena de nulidad. Art. 291 Dirección y disciplina. El juez presidirá y dirigirá el Juicio, ordenará la práctica de las pruebas, exigirá el cumplimiento de las solemnidades que correspondan, moderará la discusión y resolverá los incidentes y demás solicitudes de las partes. Impedirá que las alegaciones se desvíen hacia aspectos inadmisibles o impertinentes, pero sin coartar el ejercicio de la acusación ni el derecho a la defensa. También podrá limitar el tiempo del uso de la palabra a quienes intervengan durante el Juicio, fijando límites máximos igualitarios para todas las partes o interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo de su derecho. Del mismo modo ejercerá las potestades disciplinarias destinadas a mantener el orden y decoro durante el Juicio y, en general, las necesarias para garantizar su eficaz realización. Podrá corregir en el acto imponiendo las sanciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y su Reglamento, las que podrán ser recurridas ante el superior jerárquico de la autoridad sancionadora en el término de tres días.

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos