GACETA OFICIAL Nº 113
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Sección Registro Oficial - Asunción, 11 de junio de 2024
"Sesquicentenario de la Epopeya Nacional: 1884 - 1870"
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PODER LEGISLATIVO
LEY N°7280
Artículo 48.- Podrán reincorporarse los Oficiales y Suboficiales que hayan
renunciado voluntañamente o quienes hayan obtenido una resolución favorable , firme y
ejecutoriada emanada del Tribunal de Cuentas en lo Contencioso Administrativo, previo
dictamen de la Junta de Personal y Tribunal de Calificaciones de Servicio.
En el primer caso los que se reincorporen antes de 1 (un) año, no perderán su grado
y antigüedad.
TÍTULO 111
DE LA CATEGOR[A, JERARQUfA, GRADOS Y ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL DE LA
.
POLICIA NACIONAL
CAPÍTULO 1
DE LA CATEGORÍA
Articulo 49.- El personal policial se califica en las siguientes categorias:
1. Oficiales .
2. Cadetes.
3. Suboficiales.
4. Aspirantes a Suboficiales.
5. Personal Civil.
CAPÍTULO 11
DE LA JERARQUIA
Artículo 50.- La clasificación jerárquica de OfiCiales comprende:
1. Oficiales Superiores.
2. Oficiales Jefes.
3. Oficiales Subalternos.
Artículo 51 .- Los Comisarios Generales de la Policfa Nacional conforman el Cuadro
de Oficiales Superiores de la institución .
CAPÍTULO 111
DEL GRADO
Articulo 52.- Los grados de Oficiales de la Policía Nacional comprenden:
1. Oficiales Superiores:
a• Comisario General Comandante.
b) Comisario General Director.
e) Comisario General Inspector.
2. Oficiales Jefes:
a) Comisario Principal.
b) Comisario.
~·,..·
e) Subcomis ario.
Oficiales Subalternos:
a) Oficial Inspector.
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