a) Definir su política editorial y controlar su ejecución;
b) cumplir su perfil editorial con veracidad, transparencia y observancia de
la carta de estilo y otras normas internas para su producción de contenidos;
c) generar procedimientos públicos de autorregulación que permitan
desempeñar sus funciones con responsabilidad y apego a los principios
éticos;
d) cumplir las regulaciones sobre la protección del derecho de autor;
e) responder a las reclamaciones de las personas naturales y jurídicas
que se consideren injustamente afectadas por contenidos publicados;
f) asumir la reparación pública en el orden material o moral, de las
personas naturales y jurídicas que la reclamen en el ámbito administrativo
o judicial, si así se decide en el correspondiente proceso;
g) respetar el derecho a la presunción de inocencia de los imputados y
acusados; y
h) asegurar que los productos comunicativos nacionales o extranjeros a
publicar respeten lo estipulado en la Constitución, la presente Ley y demás
disposiciones normativas.
2. A los efectos de lo previsto en el inciso e) del apartado anterior, estos
medios de comunicación social conservan las informaciones y los
programas publicados, y tienen la obligación de facilitarlos a las personas
naturales y jurídicas que se consideren injustamente afectadas por estos
contenidos, para su presentación como prueba en las reclamaciones y los
procesos administrativos y judiciales que promuevan.
19
Sélectionner le paragraphe cible3
Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières